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En junio vence el plazo de la declaración de valores de embarcaciones

ATER informa a los contribuyentes propietarios de embarcaciones que de acuerdo con la normativa vigente el próximo 30 de junio, vence el plazo para la presentación de la declaración de valor de embarcaciones

Según informaron desde el área de impuestos de la ATER, este trámite es determinante para la fijación de la alícuota a aplicar sobre la embarcación por cuanto se calcula sobre el valor de la misma declarado por el contribuyente - siendo  bienal y válido para toda embarcación deportiva o de recreación. 

Los propietarios alcanzados deberán presentarse antes de la fecha citada en las oficinas de ATER portando el Formulario C 67 y constancia válida de acreditación de valor.

Además se recordó que según resolución de ATER 481/15 los documentos que se toman como válidos para la acreditación del valor son los siguientes:

Factura de compra para las unidades 0km
Constancia de valores asignados por las aseguradoras o publicaciones especializadas en el rubro náutico, nacionales o extranjeras; 
Tasaciones extendidas por martillero público nacional; 
Constancia de valuación de astilleros o comercios dedicados al ramo o similares; 
Escritura pública;
Boleto de compra-venta.



(Prensa ATER)