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Informamos que a partir del 1 de abril de 2020 y por lo dispuesto en la Resol. ATER N° 32/20 todos los contribuyentes deben generar obligatoriamente los volantes de pagos de Impuesto de sellos a través del aplicativo Sellos Web. Para iniciar el trámite, deberá ingresar a través de AFIP con CUIT y Clave Fiscal –nivel 3- y luego en la sección de Servicios de ATER (Servicios Administradora Tributaria de Entre Ríos).
Asimismo, recordamos que se encuentran disponibles las nuevas funcionalidades del aplicativo Sellos Web, que permiten realizar la “Imputación de Sellos” por la totalidad de los actos y contratos dispuestos en el Código Fiscal.
Para más información puede consultar:

Preguntas Frecuentes: ¿Qué tipo de contratos y/o instrumentos se pueden realizar desde la web?
Ir a todas las preguntas frecuentes de Sellos (aquí)
Guía de Trámites: Imputación de contratos y/o instrumentos.
Ir a todos los trámites de sellos (aquí)

Informamos que a partir del 1 de abril de 2020 y por lo dispuesto en la Resol. ATER N° 32/20 todos los contribuyentes deben generar obligatoriamente los volantes de pagos de Tasas Retributivas de Servicios, a través del aplicativo Tasas Web*. Para iniciar el trámite, deberá ingresar a través de AFIP con CUIT y Clave Fiscal –nivel 3- y luego en la sección de Servicios de ATER (Servicios Administradora Tributaria de Entre Ríos).
(*) No obligatorio para Tasas Retributivas de hasta $2000 (Resol. ATER N° 119/23).
NOVEDAD 2024: Adecuación de importes para Tasas Retributivas DEC. 334/24 MHF

Los contribuyentes son quienes utilizan dichos servicios o se benefician con ellos.
Para abonar las Tasas retributivas de servicios deberá generar los volantes de pago a través del aplicativo "Tasas Web".


Recuerde contar con Clave Fiscal NIVEL 3
